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  • Se envió un documento con comentarios y sugerencias de mejora como parte de la consulta pública convocada por el gobierno.

  • La organización aplaude la iniciativa, pero sigue insistiendo en la necesidad de una Ley de Acceso a la Información Pública que abarque todos los entes públicos.

En cumplimiento con su misión de promover los principios para construir una sociedad más abierta y con el fin de contribuir con la búsqueda de más y mejores mecanismos para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en Costa Rica, ACCESA presentó comentarios y recomendaciones al borrador del Decreto de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el Estado.

Entre otras cosas, se recomienda incluir un artículo con los principios rectores de acceso a la información pública que funcionen como guía para efectos de la interpretación e implementación del decreto. Se deberían incluir en dicho artículo el reconocimiento tácito del derecho al acceso a la información pública como derecho humano; el principio de máxima divulgación; el principio de un régimen limitado de excepciones con reserva de ley; el principio de máxima apertura; el principio de publicidad oficiosa y proactiva de información de interés público. Esta propuesta se basa en los principios ampliamente reconocidos en el derecho internacional y en legislación comparada.

El equipo de ACCESA recomendó una redacción más clara al artículo 7 para que explícitamente se reconozca que toda la información es pública en principio, pudiéndose denegar únicamente excepcionalmente por ser información confidencial o secreto de Estado, según lo dispuesto por la Ley y la jurisprudencia constitucional.

Las recomendaciones incluyen también una redacción más clara y detallada del artículo 9 que regula las facilidades electrónicas que deben tener las instituciones.  Entre otros elementos se planteó que, además del correo electrónico y el formulario, los sitios web de las instituciones publicas deben incluir un buscador, un mapa del sitio, un enlace a un apartado de transparencia y otro a los datos abiertos, todos fácilmente accesibles desde la página principal.

Asimismo, el equipo ACCESA llamó la atención sobre la inconveniencia de limitar el derecho a presentar un recurso de apelación en un plazo de 3 días hábiles y la necesidad de tomar en cuenta la Ley 8220 de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos y su Reglamento en lo referente a la Oficina de Acceso a la Información y la Oficina de Simplificación de Trámites.

Finalmente la organización, después de una revisión del último Informe sobre Índice de Transparencia del Sector Público Costarricense, jurisprudencia constitucional y otras buenas prácticas internacionales, recomendó incluir varios contenidos en la información que las instituciones deben publicar en las páginas web de manera oficiosa. Entre otros elementos que se sugirió incluir destacan:

  • Inventario institucional de bienes inmuebles;

  • Información presupuestaria de al menos 5 años atrás;

  • Planillas mensuales de al menos el último año calendario (salario neto, bruto y desglose de todos los incentivos de al menos los últimos 12 meses).

  • El índice salarial según categorías de puestos y los respectivos perfiles profesionales.

  • Información mensual sobre las dietas que reciben las y los miembros de los órganos colegiados de al menos los últimos 12 meses.

  • Informes de avance o cumplimiento de los planes institucionales.

  • Los informes finales de gestión de los jerarcas y los titulares subordinados, establecido en el inciso e) del artículo 12 de la LGCI.

  • Informes de control o fiscalización relativos a la gestión institucional por parte de la Contraloría General de la República de al menos los últimos 5 años.

  • Información actualizada sobre contrataciones, licitaciones, adquisiciones y compras, incluyendo el plan de adquisiciones vigente.

  • Textos íntegros de los carteles, informes técnicos, el acto administrativo de compra, adquisición o adjudicación, así como los contratos de obra pública, consultorías, licitaciones públicas y similares de al menos los últimos doce meses.

  • Informes de consultorías externas que se contratan

  • Estadísticas actualizadas del quehacer institucional.

El documento con las recomendaciones y comentarios se puede descargar aquí.

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